SOLEDAD I CONVOCATORIA ASAMBLEA DE ELECCIONES A HERMANO MAYOR

Por medio del presente, y de conformidad con lo establecido en las Normas Diocesanas y nuestras Constituciones aprobadas el día 14 de febrero de 2024, queda convocada ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES A HERMANO MAYOR para el sábado, día 29 de junio de 2024 de 18:00 a 21:00 horas en los Salones de la Casa Parroquial, sita en calle Tenor Iribarne nº 21 como, a continuación, queda indicado.


EXPOSICIÓN DEL CENSO


             Queda expuesto a disposición de todos los hermanos para su consulta desde el próximo 10 de mayo hasta el 24 de mayo, en horario de lunes a viernes de 19:00 a 20:00 horas el censo de votantes/electores en la secretaría de la Hermandad.

Las posibles irregularidades que este listado pudiera contener podrán ser impugnadas por los interesados a través de escrito antes del mismo 24 de mayo.

Una vez finalizado el plazo y resueltas las incidencias presentadas quedará elevado el listado definitivo a la Delegación Episcopal de Hermandades y Cofradías.


CONSTITUCIÓN DE LA MESA ELECTORAL


 Así mismo se procederá a la constitución de la Mesa electoral, que estará compuesta por:

·         - El Delegado episcopal por sí o por un representante nombrado por él o la autoridad eclesiástica correspondiente, que actuará de fedatario de las elecciones.

·         - El consiliario.

          - El hermano de mayor edad que actuará como escrutador y presidente de la mesa.

·        -  El hermano de menor edad que actuarán como escrutador y secretario de la misma siempre en el supuesto de que este último goce de la reconocida mayoría de edad.

Igualmente, y de acuerdo con lo dispuesto en Titulo VI de nuestras Constituciones, no podrán formar parte de la Mesa electoral ni el Hermano mayor saliente ni los miembros de su Junta de gobierno, ni aquellos que no cumplan los requisitos de votación recogidos en los estatutos. En el caso de que el hermano de mayor edad y el de menor edad fueran bien el Hermano mayor saliente o alguno de los miembros de su directiva, ocuparán su lugar en la mesa, en las condiciones indicadas, los hermanos que siguen en edad a los mismos.

La Mesa electoral velará, en todo momento, por el cumplimiento de nuestras Constituciones durante todo el proceso electoral, debiendo reunirse cuando sea requerida  para ello por cualquiera de sus miembros o por cualquier hermano elector, debiendo resolver motivadamente cualquier queja o reclamación que se le presente.

Frente a las decisiones de la Mesa Electoral podrá reclamarse ante la autoridad eclesiástica.


CONDICIONES PARA SER CANDIDATO A HERMANO MAYOR


 Para optar a la elección de Hermano mayor de la Hermandad se requerirá lo siguiente:

1. Tener más de veinticinco años de edad.

2. Tener un mínimo de cinco años de antigüedad como hermano de la Hermandad.

3. No estar sometido a ningún tipo de sanción canónica.

4. Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas para con la Hermandad.

5. Ser reconocido por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica.

6. Dar ejemplo y estímulo para los demás Hermanos y distinguirse siempre por su espíritu cristiano y su amor a la Iglesia, sin tener en cuenta protagonismos sociales, económicos y familiares.

          Para la validez de la presentación de su candidatura, deberá obtener el Visto Bueno del Consiliario de la Hermandad.

En cualquier caso, la candidatura contendrá siempre los nombres del Hermano Mayor junto con su Teniente Hermano Mayor, Secretario y Tesorero, al que podrán añadírsele opcionalmente el nombre del resto de vocales de su Junta de Gobierno.


PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS


La mesa electoral abrirá un plazo de 14 días para la presentación de candidaturas que queda fijado desde el 25 de mayo hasta el 7 de junio.

Concluido éste, resolverá sobre la adecuación de las candidaturas a la norma del derecho canónico, la normativa diocesana y los propios estatutos, resolución que se hará pública por los medios habituales, al mismo tiempo que se comunica a los interesados. Éstos podrán presentar alegaciones en primera instancia ante la mesa electoral, en el plazo de cinco días hábiles desde el acuse de recibo de la comunicación. Una vez tomada decisión sobre las candidaturas, la Mesa Electoral realizará la proclamación de candidaturas que contará con la firma del Consiliario de la Hermandad.

La Candidatura no tendrá carácter de oficial hasta que la Mesa Electoral las proclame el 15 de junio.

Las candidaturas deberán ser presentadas al secretario mediante escrito por el propio candidato en la sede de la Hermandad. La candidatura contendrá siempre los nombres del Hermano mayor junto con su Teniente Hermano mayor, Secretario y Tesorero, al que podrán añadírsele opcionalmente el nombre del resto de vocales de su Junta de Gobierno. En el momento de la presentación, el secretario deberá comprobar que el candidato, así como el resto de miembros propuestos, reúnen las condiciones exigidas por las Constituciones para optar al cargo. En caso de cumplir los requisitos, la candidatura será firmada, sellada y entregada una copia al candidato. En caso de no cumplir algunas de las normas el secretario devolverá la candidatura para su subsanación en los plazos indicados.

Las candidaturas no tendrán carácter oficial hasta que, reunida la Mesa Electoral, las proclame como se indica anteriormente, contando con la firma del Consiliario de la Hermandad.

Estas candidaturas, que se harán públicas a través de los medios oficiales de la hermandad, serán las elegibles en las elecciones que tendrán lugar el 29 de junio de 2024.

     Una vez concluida las elecciones, y escrutado los votos, el presidente de la mesa proclamará los resultados en la que quedará nombrado el Hermano Mayor electo a la espera de su proclamación oficial por la autoridad eclesiástica.


DERECHO A VOTO


        Todos los hermanos que hayan cumplido dieciocho años el día de la elección tienen derecho a voto.

        Es válido el voto por correo personal y acreditado con fotocopia adjunta del carnet de identidad, que deberá emitirse y ser recibido y custodiado bien por el Consiliario o bien por el secretario de la Mesa Electoral a lo largo de los siete días previos a la fecha fijada para las elecciones. Los votos por correo se emitirán en sobre cerrado no transparente, y será abierto por la Mesa electoral ante los presentes en la asamblea de elecciones una vez concluida la emisión de los votos presenciales.

        La mesa electoral deberá aportar las papeletas a los solicitantes de voto por correo en tiempo y forma para ejercer su derecho, previa petición en la forma que se considere que permita dejar de forma clara y fidedigna su voluntad de ejercer el derecho de voto por correo. 


Presidente

Secretario

 

D. Tomas Montoya Gallardo

D. Francisco Javier Morcillo Matillas